by Laia Ardiaca Las comunidades de propietarios conllevan la convivencia entre vecinos y pueden ser fuente de numerosos conflictos. Uno de ellos es el ruido o contaminación acústica de uno de los convivientes en el edificio, ya sea generado por un instrumento musical, un animal doméstico, una actividad comercial o cualesquiera otros, que perturbe la tranquilidad y el descanso de los demás de forma intolerable y continuada.
Las relaciones de vecindad implican una serie de derechos pero también de deberes, entre los que destacan el respeto a la tranquilidad de los demás comuneros. La Ley de Propiedad Horizontal, la Ley de Arrendamientos Urbanos, la Ley del Ruido y las diversas disposiciones administrativas tratan de tutelar y garantizar un ambiente saludable y libre de contaminación acústica. ¿Cómo actuar ante un vecino ruidoso? Cuando nos encontramos en esta situación, en que uno de los vecinos del edificio lleva a cabo una actividad molesta e intolerable, debemos plantearnos los siguientes pasos:
Atendiendo a la gravedad de los hechos, puede iniciarse la vía penal del art. 325 Código Penal que será más rápida y drástica, con una pena de 2 a 5 años de prisión. En cualquier caso, puede reclamarse una indemnización de daños y perjuicios sufridos cuando resulten debidamente probados (informes psicológicos del estrés o insomnio padecido, por ejemplo). Desde nuestro punto de vista, ante este tipo de conflictos o disputas vecinales la mediación puede jugar un papel importante, tratando de aproximar a las partes y encontrar una solución que conjugue los diversos intereses implicados, y evitando los costes y duración del juicio.
0 Comentarios
|
G&G ABOGADOS Y ASESORES FISCALESLa firma está ubicada en pleno centro de Barcelona. Fue fundada en 1997 y, desde entonces, ha concentrado sus esfuerzos en proporcionar a sus clientes un asesoramiento integral y de calidad. Archives
Noviembre 2020
Categories
Todos
|